El sábado 10 de octubre de 2020 fue publicado el Decreto Supremo 455 que extiende el cierre de fronteras decretado en marzo para la entrada y salida de extranjeros desde Chile, que tiene por objetivo reducir los riesgos de contagio por coronavirus en el país. Sin embargo, se autoriza el ingreso por vía aérea de los tripulantes extranjeros de las naves mercantes para permitir, como parte de los procesos operacionales normales, el recambio de personal a bordo, considerando que los trabajadores que se desempeñan en las naves son esenciales para mantener el abastecimiento y la cadena logística de suministros.
Con la modificación del decreto, Chile es el primer país de Sudamérica que da cumplimiento a lo requerido por la Organización Marítima Internacional (OMI), la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y la Conferencia de la Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), entre otras organizaciones internacionales, que emitieron una declaración conjunta para instar a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas a que “adopten medidas para resolver urgentemente la crisis de los cambios de tripulación a fin de evitar un desastre humanitario que también afectará a la seguridad del transporte marítimo, la protección del medio marino, la continuación del comercio eficiente y la recuperación de la economía mundial”.
Esta iniciativa fue promovida por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la que fue abordada hace algunas semanas en la Comisión Técnica para la Facilitación del Transporte Marítimo, que integran representantes de las principales reparticiones públicas y entidades privadas que cumplen un rol en los procesos marítimos domésticos y de comercio exterior.
Con esto, el país contribuye a dar solución a la crisis humanitaria del sector naviero generada por la pandemia, la cual dejó a aproximadamente 300.000 marinos trabajando a bordo, sin poder volver a sus países, y un número similar de marinos desempleados en tierra sin poder embarcarse.
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