El Tribunal de la Libre Competencia (TDLC) informó que resolvió eliminar la regla de restricción a la integración vertical contenida en el Dictamen N° 1045/1998 que rige actualmente al Puerto de San Vicente concesionado a San Vicente Terminal Internacional S.A. (SVTI).
El informe que contiene la decisión del tribunal fechado el 04 de marzo recién pasado, se conoció este lunes y fue publicada en el sitio web del organismo donde se explicó el fondo de la solicitud realizada por la estatal Empresa Portuaria Talcahuano San Vicente (EPTSV) – hoy Puertos de Talcahuano.
En resumen, EPTSV solicitó al Tribunal, en abril del año pasado, que informara favorablemente respecto de la solicitud de eliminación de la restricción vertical formulada por SVTI ; o que, en subsidio, el umbral de participación actual se modifique hasta alcanzar a lo menos el 60%; estableciéndose, de considerarlo necesario, las condiciones u obligaciones que SVTI eventualmente debería cumplir para que dicha eliminación o modificación pudiera concretarse.
Finalmente, en su informe, el Tribunal determinó alzar completamente la restricción a la integración vertical que regía para el concesionario, por cuanto concluyó la existencia de: (i) una considerable disminución en la participación de mercado en la transferencia de carga de Puerto San Vicente desde su entrega en concesión y emisión del Dictamen N° 1045 a la actualidad; (ii) una suficiente presión competitiva por parte de otros frentes de atraque de uso público en la región; y (iii) un exceso de capacidad del que disponen los principales competidores de SVTI y, además, por no constar en el expediente otros elementos que justifiquen su mantención en lo que resta del periodo de concesión, indicó TDLC en su resolución.
- Informe del TDLC https://www.tdlc.cl/wp-content/uploads/2022/03/Informe_N_21-22.pdf