Seremi de Economía valoró medidas de facilitación del Comercio Exterior impulsadas por Aduanas

Junto al Director Regional de Aduanas, Claudio Cid, el Seremi de Economía, Mauricio Gutiérrez constató en un recorrido por Talcahuano Terminal Portuario (TTP) la iniciativa que lanzó el servicio fiscalizador que permite a las Pymes diferir el pago total del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de importaciones. Además corroboró que la operatividad del puerto mantiene, favoreciendo a ls logística del Comercio Exterior.
Se trata de una herramienta transitoria que se enmarca en el Decreto Supremo N°420 del Ministerio de Hacienda, que estableció medidas de índole tributaria para apoyar a las familias, los trabajadores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, en las dificultades generadas por la propagación del Covid-19. 
Gutiérrez explicó que esta medida, “es  un beneficio que alivianará  a las Pymes, ya que con esta norma aduanera se permite aumentar la liquidez de las pequeñas y medianas empresas, lo que significará un mayor flujo de caja y eso es lo que queremos para nuestras empresas y lo que queremos impulsar como Gobierno”, subrayó.
 
Por su parte, el Director Regional de Aduanas, indicó que esta importante medida se tomó entre el Servicio de Impuesto Internos (SII) y Aduanas por lo que valoró la visita de la autoridad económica y el apoyo para su difusión.  “Desde el punto de vista de la Seremi de Economía y nuestra,  la normativa tiene que ser difundida y desde ya estamos a disposición para atender todas las consultas que tengan respecto de cómo podemos seguir implementando la medida y por supuesto, decir que nuestro sistema portuario regional está habilitado para recibir las importaciones que se hagan en torno a esta medida”, sentenció Cid.      
 
Esta medida de facilitación del comercio exterior se suma a otras medidas tomadas por el Servicio Nacional de Aduanas para hacer frente al avance del Covid-19 en Chile y el mundo. La institución fiscalizadora ya ha emitido 3 resoluciones sumamente importantes en este contexto: la primera fue la N° 1.179, del 19 de marzo, para poner en marcha una serie de medidas de facilitación del comercio exterior, como las tramitaciones por medios electrónicos y la limitación de la presencia de funcionarios y personal en los aspectos logísticos, como las revisiones de cargas; la segunda fue la N°1.313 referida a los insumos médicos críticos para afrontar el Covid-19 y su importación más expedita; y finalmente la Resolución N° 1.559 que contiene las instrucciones para diferir el total del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
 
Condiciones para diferir IVA
 
Ser micro, pequeña o mediana empresas cuyos ingresos anuales estén entre las 75.000  y 350.000 Unidades de Fomento (UF). Para operaciones de importación realizadas en los meses de abril, mayo y junio del 2020. Además será el Servicio de Impuestos Internos el encargado de informar a Aduanas aquellos contribuyentes que, cumpliendo las condiciones, son susceptibles de acogerse  a diferir los pagos de IVA. También determinará, según su clasificación, si los contribuyentes podrán diferir sus pagos en 6 o 12 cuotas.
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