El Servicio Nacional de Aduanas (Aduanas) informó que a contar de este 24 de agosto se inicio la primer de tres etapas que buscan consolidar el proceso de automatización de la Solicitud de Modificación a Documento Aduanero (SMDA).
Este trabajo de modernización y facilitación de los trámites para el comercio exterior ha permitido enfrentar los efectos de la pandemia fue respaldada mediante la Resolución N° 1.179 que contiene 13 medidas, dentro de las cuales, en el numeral 8, está la posibilidad de presentar las SMDA y sus documentos de respaldo de manera electrónica.
Se trata de un documento muy utilizado por los operadores en las importaciones y exportaciones, pues permite realizar ajustes importantes a los documentos con los que se informan las mercancías que ingresan o salen del país, para la correcta declaración y cumplimiento aduanero.
Sin embargo, dependiendo del tipo de modificación que se solicite, en resguardo del interés fiscal y del cumplimiento normativo, la solicitud tendrá una etapa de revisión por parte de un funcionario fiscalizador, quien determinará si procede o no tal cambio.
Amplia Aceptación
Según informa Aduanas la amplia aceptación de esta medida, hizo necesaria la revisión del procedimiento de las SMDA, en particular de aquellos casos en los cuales por el campo en que recae la modificación, su tramitación se mantenía en formato manual, tanto para importaciones como para exportaciones.
La digitalización de la totalidad de las SMDA consideró lo ya avanzado en el marco de la automatización de la Devolución de Derechos Aduaneros ejecutado en 2019, que implicó importantes reducciones de plazos y labores administrativas, beneficiando a los contribuyentes, al Servicio Nacional de Aduanas y a la Tesorería General de la República (TGR).
Plazos
Esta nueva modalidad de presentación, considerando su envergadura, entrará en vigencia de forma parcializada dependiendo del sentido de la operación, es decir, desde el próximo 24 de agosto los despachadores de Aduanas podrán enviar electrónicamente las SMDA que hoy son de trámite manual para las declaraciones de ingreso, formularios 15 y 17, tramitadas en el Sistema de Comercio Exterior Integrado (Sicomexin) de Aduanas.
Para el proceso de exportación, esta modalidad dependerá del estado de la declaración: para los Documentos Únicos de Salida (DUS) en estado “Aceptación a Trámite” su entrada en vigencia está programada para el mes de septiembre; mientras que para el estado “Legalizada” tiene una planificación de entrada en vigencia el primer trimestre del año 2021.
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